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¿Debe seguir marcando los cascos de moto? esto dice la ley Julián Esteban

¿Debe seguir marcando los cascos de moto? esto dice la ley Julián Esteban

Foto: Especial para 90minutos.co

A través de la sanción de la ley Julián Esteban o ley 2251 del 14 de julio de 2022, se establecieron normativas para un política de seguridad vial, con un enfoque de sistema seguro.

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La nueva ley, establece la modificación de velocidad, cambios en la infraestructura vial, creación de un registro de siniestros viales que incluyan lesionados y fallecidos; además de medidas que incentivan el cumplimiento de las normas de tránsito.

Cabe resaltar que, el nombre de ley ‘Julián Esteban’, es en homenaje a Julián Esteban Gómez, un fan de Egan Bernal que perdió la vida al ser arrollado en un camión en la vía Cajicá – Zipaquirá.

Entre los cambios establecidos por la ley esta:

Número de placa en cascos

La nueva ley dispone que el conductor de la motocicleta junto con el parrillero, deberán portar el casco de seguridad conforme a la reglamentación que sea expedida, sin embargo, ya no se podrá exigir que contenga en número de placa correspondiente al del vehículo en el que se moviliza.

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Licencia de conducción digital

Las licencias de conducción que se expidan a partir de esta ley; deberán contener un código de barras bidimensional electrónico, con datos del registro y un holograma de seguridad. Del mismo modo, las personas podrán solicitar el formato digital, que tendrá los mismos efectos legales que la física.

Límites de velocidad

Los vehículos no podrán sobrepasar los 50 kilómetros por hora en vías urbanas y carreteras municipales. En cuanto a las zonas escolares y en zonas residenciales, será hasta de 30 kilómetros por hora.

Por su parte, en las carreteras nacionales y departamentales en ningún caso podrá sobrepasar los 90 kilómetros por hora; y en las que sean doble calzada y que no contengan dentro de su diseño pasos peatonales, la velocidad máxima será de 120 kilómetros por hora.

Por otra parte, las patinetas y bicicletas eléctricas o a gasolina no podrán sobrepasar los 40 kilómetros por hora.

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