Icono del sitio

¿Cuánto podría aumentar el valor del canon de arrendamiento este 2024?

¿Cuánto podría aumentar el valor del canon de arrendamiento este 2024?

Especial para 90minutos.co

El nuevo año trae consigo el alza en el precio de muchas de las cosas consideradas necesidades básicas, entre esas se encuentra la vivienda. Cada año los costos de los arrendamientos presentan un ajuste.

Según cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), en 2022, cerca del 40% de la población colombiana reside en una vivienda arrendada, es decir que alrededor de 20 millones de personas no poseen una vivienda propia en Colombia y deben pagar arriendo.

En Colombia la norma dicta que el incremento debe hacerse cada año y el valor no podrá superar el IPC (índice de precio al consumidor). La Ley 820 de 2003 es la que establece la reglamentación del proceso de arrendamiento en el país.

De acuerdo con el Dane, la nueva cifra del incremento en el canon de alquiler se dará a conocer el próximo martes, 9 de enero. Este aumento solo podrá efectuarse en la fecha en que se cumpla el contrato.

Conforme con las proyecciones del Banco de la República el IPC de 2023 podría quedar entre 9,5% y 10%.

Le puede interesar:  Es oficial: El precio de la gasolina aumentará desde el 1 de enero

¿Cuáles son las previsiones del alza para este 2024?

La Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz, Fedelonjas, estima que un hogar en el que actualmente se paga $ 1.200.000 podría presentarse un alza de $ 117.600, es decir, pasarían a pagar $ 1.317.600.

Esta medida no incluye a las personas que cuentan con contratos de vivienda desde antes del 10 de julio de 2003. En esos casos dependerá de un acuerdo al que lleguen el arrendador y el arrendatario.

Por otro lado, los pagos de alquileres de los establecimientos comerciales tienen una reglamentación diferente, ya que esto está determinado por los Códigos Civil y de Comercio, los cuales no han establecido las directrices que determinen el aumento en el precio del arriendo. Por tanto, el inquilino y el propietario tienen la capacidad de pactarlo de forma consensuada.

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales: