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Consejo de Estado tumbó curul en la Cámara a Ángela María Robledo

Consejo de Estado tumbó curul en la Cámara a Ángela María Robledo

El Consejo de Estado se pronunció este jueves sobre la curul de la representante a la Cámara Ángela María Robledo.

El alto tribunal le quitó el escaño a la representante al considerar que incurrió en doble militancia, la cual, según esta corporación, también aplica para este estatuto que entró a regir en las elecciones presidenciales y de Congreso 2018. La votación fue de tres votos contra uno.

"Declárese la nulidad de la Resolución 1595 de 19 de julio de 3018 expedida por el CNE, mediante la cual declaró que la señora Ángela María Robledo tiene el derecho personal a ocupar una curul en la Cámara de Representantes durante el periodo constitucional 2018-2022", indicó el Consejo de Estado.

Para tomar la decisión, el alto tribunal se basó en el artículo 107 de la Constitución Política.

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Las normas que castigan la doble militancia, la definen como el pertenecer al mismo tiempo a más de un partido o movimiento político. Para evitar esta conducta, está prohibido que los políticos participen en consultas internas y luego se inscriban en la misma elección con otra bancada.

De igual manera, se les exige renunciar cuando deseen inscribirse con otro movimiento en las elecciones siguientes por lo menos doce meses antes del primer día de las inscripciones.

La expectativa frente a la decisión del Consejo de Estado era alta, debido a que hace menos de dos semanas, el alto tribunal dejó sin curul al senador Antanas Mockus, el segundo más votado en las elecciones de 2018.

Además, porque no hay precedentes en el caso de Robledo, ya que en los comicios del año pasado se aplicó por primera vez el Estatuto de Oposición, que fue creado por la Constitución de 1991.

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Una veeduría ciudadana denunció la curul de Robledo, asegurando que había incurrido en doble militancia, argumentando que su renuncia a la Alianza Verde no cumplió los tiempos estipulados para pasar a otro movimiento político (Colombia Humana, donde llegó para ser la fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro).

En medio del debate, el Consejo de Estado pidió un concepto a la Procuraduría.

El Ministerio Público aseguró que Robledo no debía perder su curul en la Cámara, puesto que la adquirió en virtud de hacer parte de la fórmula presidencial que obtuvo la segunda votación más alta en las elecciones para presidente, y no para el Congreso, lo que le dio el derecho personal, por disposición constitucional, a ocupar una curul en la Cámara de Representantes.

“Mi designación como representante a la Cámara sí obedece a la aplicación de lo dispuesto por el artículo 112 de la Constitución Política. Es decir, estoy cumpliendo, en el Congreso, con el deber que me impone el Estatuto de la Oposición, adoptado casi un cuarto de siglo después de que lo ordenara la Constitución de 1991”, afirmó Ángela María Robledo, justificando por qué no debía perder su curul.

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