Icono del sitio

Tras firma de decreto, Policía de Cali comenzó patrullajes en 'ollas' contra jíbaros

Tras firma de decreto, Policía de Cali comenzó patrullajes en 'ollas' contra jíbaros

Con el propósito de seguir atacando a los expendedores de droga y asimismo evitar que niños y jóvenes sigan cayendo en las redes de microtráfico ubicadas en vecindarios, zonas escolares y universitarias,  la Policía Nacional continúa dando cumplimiento al Código  Nacional de Policía y Convivencia y a lo estipulado en el decreto reglamentario firmado por el presidente de la República Iván Duque, el cual busca contrarrestar que los jíbaros camuflen una dosis mínima para inducir a los niños y los jóvenes al consumo de sustancias alucinógenas.

La institución cuenta con nuevas herramientas que permiten precisar los protocolos de actuación policial y distribución de la dosis mínima de sustancias psicoactivas en espacios públicos, es decir, que no se busca perseguir a los consumidores, sino a los miembros que pertenecen a las redes criminales que obtienen beneficios monetarios de la venta de drogas.

Desde que entró en vigencia el Código de Convivencia, los integrantes de la institución amparados en el Articulo 140, numerales 7 y 8, se encuentran en la potestad de incautar y ordenar la destrucción de estas sustancias en espacios públicos que no excedan la dosis mínima y que estén siendo portadas o consumidas, esto sin que las personas involucradas se vean inmersas en un proceso penal, lo cual aplica exclusivamente para aquellos que lleven consigo cantidades superiores y que, por ende, deben ser puestas a disposición de la Fiscalía General de la Nación.

Lea también:

https://90minutos.co/reaccion-ciudadanos-decreto-permite-confiscar-dosis-minima-02-10-2018/

En el primero de los casos, en cuanto al porte o consumo de cantidades iguales o inferiores a la dosis mínima, los uniformados pueden imponer una orden de comparendo por la violación al comportamiento contrario a la convivencia, señalando multa tipo 2 (8 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a más de 208.000 pesos) y, posteriormente, deben hacer la correspondiente incautación, tras agotar el proceso verbal inmediato.

De esta forma, los elementos incautados serán puestos a disposición del comandante de la estación de la jurisdicción, quien se encargará de su destrucción según el procedimiento establecido.

En caso de presentarse un recurso de apelación, la destrucción del bien procederá, siempre y cuando sea confirmada la medida correctiva por parte del inspector de policía que conozca la situación concreta. De lo contrario, se realizará la devolución del bien a su propietario o legítimo tenedor.

“Esta norma busca mejorar la convivencia y hacer responsable a las personas de todo lo que son obligaciones y deberes, no es un Código de policía para la policía, sino un código para el ciudadano”, mencionó el Comandante Policía Metropolitana de Cali, Hugo Casas Velásquez.

Le puede interesa:

https://90minutos.co/duque-firmo-decreto-regula-porte-alucinogenos-01-10-2018/

Con esto, la Policía Nacional continua dando cumplimiento a la orden presidencial de incrementar los controles al consumo y tenencia de sustancias psicoactivas en las calles, con el fin de proteger a niños y adolescentes del país. Desde el mes de agosto, la Policía ha logrado incautar más de 59 toneladas de drogas, de las cuales 29,2 corresponden a marihuana, 28,5 cocaína, 1,6 base de cocaína, 0,13 a bazuco y 0,05 a heroína.

Por otro lado, el decreto reglamentario firmado por el presidente Iván Duque Márquez también permite a las asambleas, concejos y alcaldes adoptar las medidas que estimen convenientes para prohibir sustancias, cuyo consumo genere comportamientos contrarios a la convivencia.

Otras noticias:

https://90minutos.co/alcalde-apoyo-decreto-decomisar-dosis-minima-03-10-2018/