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CIDH condenó a Colombia por 11 desaparecidos en el Palacio de Justicia

CIDH condenó a Colombia por 11 desaparecidos en el Palacio de Justicia

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió un fallo 212 páginas, en donde condena al Gobierno de Colombia por la desaparición de 11 personas en medio de las operaciones militares realizadas los días 6 y 7 de noviembre de 1985, en procura de recuperar el control en el Palacio de Justicia, tomado por el entonces grupo guerrillero M-19.

En su fallo, la CIDH sentencia: “El Estado debe efectuar a la mayor brevedad una búsqueda rigurosa en la cual realice todos los esfuerzos para determinar el paradero de las 11 víctimas aún desaparecidas a la mayor brevedad” y lo obliga a realizar las publicaciones y difusiones radiales y televisivas indicados en los párrafos de esta sentencia en el plazo de seis meses contados a partir de la notificación de la misma. El Estado debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso”.

Agrega el fallo que el Gobierno Nacional está comprometido y tiene directa responsabilidad en la desaparición forzada de Carlos Augusto Rodríguez Vera, Irma Franco, Cristina del Pilar Guarín, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Luz Mary Portela, Lucy Amparo Oviedo y Gloria Anzola de Lanao.

“El Estado debe efectuar a la mayor brevedad una búsqueda rigurosa en la cual realice todos los esfuerzos para determinar el paradero de las 11 víctimas aún desaparecidas a la mayor brevedad”, precisa el extenso fallo en el cual se determina la responsabilidad del Estado que ordenó el tratamiento médico "psicológico o psiquiátrico" a las víctimas que así lo soliciten y de ser el caso pagar la suma establecida por concepto de gastos por dicho tratamiento para aquellas víctimas que residan fuera de Colombia", sentencia el fallo de la CIDH.

Asimismo establece que“esta sentencia constituye per se una forma de reparación” y agrega que el Estado “debe llevar a cabo en un plazo razonable las investigaciones amplias sistemáticas y minuciosas que sean necesarias para establecer la verdad de los hechos, así como determinar victimas señaladas en el punto resolutivo tercero de la desaparición forzada y posterior ejecución extrajudicial de Carlos Horacio Urán Rojas, así como las detenciones y torturas por Yoladan Santodomingo y Eduardo Matson, José Vicente Rubiano y Orlando Quijano”.

 

Conozca aquí el fallo: