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Así quedo el IPC en Colombia: ¿Qué pasará con los precios en los arriendos?

Así quedo el IPC en Colombia: ¿Qué pasará con los precios en los arriendos?

Imagen de referencia.

Ningún arrendador puede incrementar el canon de alquiler por encima de la inflación registrada en el año anterior, aunque sí puede pactar aumentos menores o incluso renunciar a subir el valor si ambas partes lo acuerdan. Así nos lo explicaron agentes inmobiliarios consultados por 90 Minutos.

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La norma establece que el aumento anual del arriendo debe ser acorde al IPC, que este año quedó fijado en un 5.10%. Este porcentaje se convierte en el tope máximo permitido para los incrementos que se apliquen durante el 2026 en los contratos de vivienda urbana que cumplan un año de vigencia. Además, su arrendador no podrá subir el arriendo si no ha cumplido el año de contrato.

A mí me parece que está acorde al mercado de los últimos años. Ese IPC del 5.1 no es una cosa exagerada a un 23% de un salario mínimo. Es una cosa completamente diferente.

Carlos Eduardo Trujillo, agente inmobiliario

Por ejemplo, si usted firmó el mayo del 2025, el monto se tendrá que actualizar en dicho mes. Representantes de las inmobiliarias creen que el aumento era el esperado.

Obviamente, un 23% no iban a subir, entonces creo que es lo normal, lo que se esperaba.

Carlos Benítez, arrendador

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Con base en este límite, estos son algunos ejemplos de los arriendos. De $850,000 pasa a $893,350. Si usted pagaba $900,000 el año pasado, el incremento le queda en 945,900 y si pagaba $950,000 pes de arriendo, ahora deberá pagar $998,450 pesos.

El incremento en los canales de arrendamientos comerciales o en los contratos comerciales es del IPC más unos puntos que se pueden negociar con el inquilino. Digamos que los contratos que se manejan usualmente son incrementos de IPC más tres puntos más dos o más uno. Entonces, si es un incremento distinto al incremento comercial

Andrés Ospina, agente inmobiliario

Sin embargo, hay aumentos que sí están ligados al salario mínimo, como los topes de la vivienda de interés social. A esto se suman las cuotas de administración, los copagos y cuotas moderadoras en el sistema de salud. Así como los aportes a salud, pensión y riesgos laborales que se calculan con base en el ingreso mínimo.

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