El Secretario de Tránsito de Cali Alberto Hadad, argumentó en la Procuraduría que en la fecha en que se le acusa de haber adelantado operativos había otra funcionaria encargada de esta dependencia.
Por no responder estos derechos de petición, la Procuraduría indica que Hadad estaría incurriendo en la violación al derecho fundamental de petición, consagrado en artículo 23 de la Constitución Política, con el agravante, de que fue necesaria la intervención de un juez constitucional para que no continuara la vulneración a los derechos de la ciudadana.
