Durante la jornada del Día sin carro y sin moto en Cali, una ambulancia fue sorprendida por agentes de tránsito en la carrera 1 con calle 62, mientras, al parecer, transportaba pasajeros de manera irregular.
De acuerdo con reportes de la Secretaría de Movilidad, el vehículo fue inmovilizado. Hasta el momento se desconoce cuántas personas estaría transportando el vehículo.
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La iniciativa de la Alcaldía, busca fomentar el uso de medios de transporte sostenibles, reducir la contaminación y promover una movilidad más amigable con el medioambiente.
La medida, que se cumple este lunes 22 de septiembre entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., restringe la circulación de vehículos particulares y motocicletas en la ciudad, salvo algunas excepciones como transporte público, vehículos de emergencias, personal aeroportuario y automotores híbridos.
¿Qué vehículos están exentos en el día sin carro y sin moto en Cali?
Para garantizar el funcionamiento de la ciudad, se contemplaron 23 excepciones a la medida a los siguientes vehículos y actividades que estén debidamente identificados:
- Gobierno y diplomáticos: vehículos oficiales de altos funcionarios, caravana presidencial y esquemas de seguridad, con identificación institucional.
- Fuerza Pública y seguridad: vehículos del Ministerio de Defensa, Policía, Fuerzas Militares, Inpec y Migración Colombia en labores oficiales.
- Emergencias y salud: ambulancias, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, personal médico y asistencial debidamente identificado.
- Servicios públicos esenciales: vehículos de servicios de energía, agua, gas, aseo y telecomunicaciones, con identificación visible y no removible.
- Entidades operativas del Estado: vehículos de la Fiscalía, ICBF, Dagma, Dian y de las Secretarías de Movilidad, Salud, Deporte, Seguridad e Infraestructura.
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- Personas con discapacidad: vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad permanente, previa acreditación ante la Secretaría de Movilidad.
- Medios de comunicación: vehículos de prensa con logos fijos y permanentes.
- Seguridad privada: vehículos de vigilancia, seguridad privada y transporte de valores y esquemas UNP/DIPRO.
- Sector justicia: vehículos operativos de jueces y magistrados.
- Vehículos eléctricos e híbridos: automóviles y motocicletas registrados como tales en la licencia de tránsito.
Otros vehículos exentos
- Transporte de bienes esenciales: alimentos, medicamentos y productos de salud, con conductores uniformados e identificados.
- Aeronáutico: personal operativo de aeropuertos y pasajeros con tiquetes que acrediten vuelo el mismo día.
- Transporte público: taxis, transporte colectivo y personal operativo del MIO.
- Servicios fúnebres: vehículos destinados al traslado de féretros y acompañamiento, debidamente acondicionados.
- Mensajería y domicilios: motos y vehículos con logos fijos y conductores uniformados en servicio.
- Transporte escolar: vehículos debidamente autorizados e inscritos conforme a la normatividad nacional.
- Casos especiales: vehículos recién retirados de patios oficiales (máximo dos horas) y transporte de pacientes con enfermedades terminales o tratamientos médicos especiales, con soporte.
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