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Estas son todas las excepciones para el día sin carro y moto de este jueves

El día sin carro y moto se llevará a cabo este jueves 22 de septiembre en el horario comprendido entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.

Estas son todas las excepciones para el día sin carro y moto de este jueves
Foto: Noticiero 90 Minutos

El día sin carro y moto se llevará a cabo este jueves 22 de septiembre en el horario comprendido entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.

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Este jueves 22 de septiembre se cumplirá en Cali una nueva jornada del día sin carro y sin moto. El horario que ha dispuesto la Secretaría de Movilidad va entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.

Ese día no podrán circular carros y motos en el horario establecido por la administración municipal. Sin embargo, habrá algunas excepciones que quedaron consignadas en el decreto firmado para la jornada denominada “Por una Movilidad Sostenible”.

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A continuación, detallamos las excepciones:

1.    Vehículos que conforman la caravana presidencial y las de funcionarios del alto nivel ejecutivo y legislativo nacional; el vehículo oficial asignado la Gobernadora del Valle del Cauca, el Alcalde de Cali, los Embajadores y los Cónsules.

2.    Vehículos adscritos al Ministerio de Defensa Nacional y a la Fuerza Pública en los términos del artículo 216 de la Constitución Política; vehículos operativos de Migración Colombia e Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-INPEC; cuyos vehículos sean destinados al traslado de procesados, debidamente identificados.

3.    Vehículos de propiedad de cuerpos de bomberos, Defensa Civil Colombiana y Cruz Roja, destinados únicamente a rescates y manejo de desastres; vehículos de Gestión del Riesgo y vehículos operativos del Departamento Administrativo del Medio Ambiente (DAGMA).

4.    Vehículos tipo ambulancia con identificación permanente no removible habilitados por la Secretaría de Salud de Santiago de Cali; vehículos de atención médica personalizada con identificación permanente no removible; el conductor y su acompañante deberán estar debidamente uniformados y portar el carné de la empresa en un lugar visible.

5.    Vehículos en los que se desplace personal médico, asistencial, farmacéutico, hospitalario y clínico.

6.    Vehículos de transporte de residuos y/o desechos hospitalarios, los cuales deben contar con identificación permanente no removible Vehículos.

7.    Vehículos y motocicletas de tipo operativo, destinados al mantenimiento de servicios públicos esenciales de energía, alumbrado público, telefonía fija; internet, acueducto, alcantarillado, aseo, recolección de basuras y gas; en los términos de la ley 142 de 1994, con identificación permanente no removible y los de supervisores de rutas de aseo que se encuentren en misión. En cuyo caso el conductor deberá portar el carné de la empresa.

8. Vehículos operativos de la Secretaría de Movilidad, del Centro de Diagnostico Automotor del Valle, del Instituto Nacional de Vías, de Ia Secretaría de Seguridad y Justicia, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), de la Secretaría de Infraestructura y de la Secretaría de Salud Pública.

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9.    Vehículo que habitualmente transporte o sea conducido por persona en situación de discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental, limite su movilidad de manera permanente; de acuerdo a lo establecido en la Resolución 4575 de 2013 del Ministerio de Transporte o las normas que en adelante la deroguen o modifiquen, previamente acreditados por la Secretaría de Movilidad del Municipio de Santiago de Cali de acuerdo al Decreto Municipal 4112.010.20.0497 del 1 de julio de 2021 modificado por el Decreto Municipal 4112.010.20.0914 del 20 de noviembre de 2021, siempre y cuando la persona en situación de discapacidad se encuentre ocupando el vehículo.

10. Vehículos utilizados para la producción y transmisión de video y/o audio, de propiedad de medios de comunicación, con identificación permanente no removible.

11. Vehículos conducidos o utilizados por personas que acrediten ser protegidas por el Estado mediante la Dirección de Protección; Servicios Especiales de la Policía Nacional (DIPRO) o la Unidad Nacional de Protección (UNP).

12. Vehículo oficial utilizado por el Personero Municipal de Santiago de Cali; el Procurador Provincial de Santiago de Cali; el Procurador Regional del Valle del Cauca; el Contralor Municipal de Santiago de Cali; el Contralor Seccional del Valle del Cauca; el Registrador de Instrumentos Públicos de Cali; los Registradores Delgados Departamentales, el Defensor Regional del Pueblo Seccional Valle del Cauca; Concejales del Distrito de Santiago de Cali y Diputados del Departamento del Valle Cauca.

13. Vehículos operativos de la fiscalía general de la Nación - Seccional Cali, los vehículos designados por la presidencia del Consejo seccional de la Judicatura de Santiago de Cali y por la Dirección Seccional de Administración Judicial – Seccional Cali, destinados al transporte de jueces y magistrados.

14. Vehículos y motocicletas propulsados por motor hibrido y/o eléctrico según su licencia de tránsito.

15. Vehículos operativos de propiedad de Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, destinados a la prevención del contrabando, la evasión fiscal y las infracciones cambiarias.

16. Vehículos destinados al transporte y distribución de alimentos, bebidas, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad debidamente acondicionados, en cuyo caso el conductor deberá estar debidamente uniformado e identificado.

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17. Vehículos en los que se desplacen personas que realizan actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria y personas que tengan viajes en transporte aéreo programados durante la “Jornada de la movilidad sostenible” o en horas próximas a la misma, circunstancias que deberá ser acreditadas.

18. Vehículos del personal operativo esencial para el funcionamiento del sistema de transporte público debidamente identificados.

19. Vehículos y motocicletas en los que se movilice personal de vigilancia y seguridad privada destinados a la protección de personas, edificaciones, supervisión y monitoreo de alarmas, debidamente autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del Estado, debidamente identificados.

20. Vehículos destinados al transporte de valores debidamente identificados y acondicionados.

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21. Vehículos destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros.

22. Vehículos y motocicletas que prestan el servicio a empresas de mensajería, o en que se realiza entrega de domicilios para establecimientos de comercio, en las cuales los vehículos y motocicletas se encuentren debidamente identificadas con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o en las cuales los conductores se encuentren debidamente uniformados e identificados como personal de los establecimientos mencionados, para lo cual en vehículos solo podrán circular el personal en servicio y en motocicletas solo el conductor.

23. Vehículos y motocicletas en los que se realiza entrega de domicilios para establecimientos de comercio por medio de plataformas digitales, en las cuales los conductores se encuentren debidamente acreditados digitalmente. Deberán circular sin acompañante.

24. Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.

25. Vehículos de propiedad de los establecimientos educativos que presten el servicio de transporte escolar, en los términos del Artículo 2.2.1.6.10.1 y subsiguientes del Decreto Nacional No. 1079 del 26 de Mayo de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte" o las normas que lo modifiquen o adicionen.

26. Vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas que, transporten materiales de construcción. Adicionalmente los vehículos de tres (3) ejes en adelante, deberán cumplir con las restricciones establecidas en el artículo No 5 del Decreto No 4112.010.20.0434 de 2017.

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Otras disposiciones del día sin carro y moto

Igualmente, la Secretaría de Movilidad estableció que los vehículos que sean retirados de los patios oficiales de Cali, tendrán un término improrrogable de dos (02) horas para disponer el vehículo a su lugar de destino.

Con esto, el propietario o tenedor del vehículo retirado, acreditará tal situación con los documentos de retiro expedidos por la autoridad competente. 

Igualmente, este jueves 22 de septiembre no podrán circular durante la jornada aquellos vehículos que pagan la Tasa por Congestión y Contaminación. Según la autoridad distrital, por tratarse de una jornada diferente a la medida de Pico y Placa.

Incumplir la medida de día sin carro y moto tendrá una multa con un valor de $ 495.603 y además acarreará la inmovilización del vehículo.

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Tormenta eléctrica impactó a Cali y dejó varias zonas afectadas

Se presentó una fuerte tormenta que afecto el sur y la ladera de Cali, dejando sectores incomunicados, con desbordamiento de ríos y caídas de árboles.

Tormenta eléctrica impactó a Cali y dejó varias zonas afectadas
Especial para 90 Minutos.

Se presentó una fuerte tormenta que afecto el sur y la ladera de Cali, dejando sectores incomunicados, con desbordamiento de ríos y caídas de árboles.

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Durante las últimas semanas se han presentado fuertes lluvias en distintos sectores de Cali, hoy, varios habitantes del sur de la capital del Valle reportaron tormenta eléctrica.

Esta fuerte lluvia afectó varios sectores por la complejidad en la movilización, el desbordamiento de ríos y la caída de árboles.

Entre las zonas afectadas se encuentra el corregimiento Villacarmelo en donde se cayó un árbol que impide el paso en el sector de la Reforma, exactamente en la parcelación Cantaclaro.

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Por otro lado, la Buitrera se encuentra sin comunicación por falla eléctrica y en la vereda La Fonda se presentó una emergencia por el desbordamiento del río Meléndez, además, hay árboles y postes caídos.

Ante esto, se presentaron fallas en el funcionamiento de las platas de agua de Cauca y Puerto Mallarino por falla eléctrica, además de Río Cali y Reforma por calidad de agua tras tormenta.

Hasta el momento, la plata de Puerto Mallarino se encuentra nuevamente activa, esta es la que surte al 70% de Cali.

Noticia en desarrollo…

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Accidentes en el Puente de Bochalema en Abril: Detalles de los 4 casos

Alta velocidad, falta de iluminación y de señalización son algunos de los motivos por los cuales según la comunidad se han presentado estos accidentes.

Accidentes en el Puente de Bochalema en Abril: Detalles de los 4 casos
Especial para 90 Minutos.

Alta velocidad, falta de iluminación y de señalización son algunos de los motivos por los cuales según la comunidad se han presentado estos accidentes.

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Hasta el momento se han presentado 4 accidentes de tránsito sobre el puente que conecta Valle del Lili y Bochalema en la Avenida Ciudad de Cali, esto ha causado preocupación entre habitantes del sector y conductores.

El primer accidente se presentó en la madrugada del 2 de abril, cuando un Chevrolet Spark color rojo chocó con el separador vial y terminó atravesándolo por la mitad a la altura del puente que conecta Valle del Lili con Bochalema.

Según uno de los familiares de la conductora, la lluvia fue uno de los principales factores por el cual se produjo el accidente, ya que, en la oscuridad no lograba ver de manera correcta la vía.

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Días después, el 18 de abril, se produjo el segundo accidente, esta vez un Speedway plateado se estrelló de nuevo con el mismo separador del puente ubicado en la Avenida Ciudad Cali.

Al ver esta tendencia, los habitantes del sector y conductores manifestaron su preocupación, ya que, según ellos, este puente cuanta, con una mala iluminación y señalización, además, resaltaron uno de los factores determinantes fue la velocidad.

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Luego, cinco días después, se presentó un nuevo accidente de la misma forma con un Renault blanco en donde en horas de la noche del 23 de abril chocó con la baranda que separa la ciclo vías.

Ante esto, la Secretaría de Movilidad realizó acciones para demarcar y señalizar de nuevo el puente, esto con el fin de mejorar la visibilidad en la delimitación de los carriles.

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Sin embargo, hasta el momento no ha sido suficiente, ya que aproximadamente a las 11:30 p.m. del 25 de abril, un nuevo vehículo contra el separador, pero del sentido contario.

Este último fue una camioneta BMW que terminó incrustada en las barandas metálicas del sentido Bochalema – Valle del Lili. Por esto, las autoridades decidieron poner letreros de desvíos y un puesto de control de seguridad.

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A pesar de estas modificaciones, se mantiene la preocupación y el riesgo, los habitantes y conductores siguen manifestando que falta iluminación.

Por otro lado, según Wilmer Tabares, secretario de Movilidad, este puente aún no ha sido recibido de manera oficial y que le solicitarán al contratista que se ubiquen tachas de separación para disminuir el riesgo.

Por ahora, no se han presentado fallecimientos en los accidentes, sin embargo, la preocupación es persistente.

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En medio de la celebración del Día del Niño, regresa a Cali 'Ciudadela de la Alegría'

De acuerdo con la Alcaldía de Cali, este es un lugar de recreación para la familia y estará disponible de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

En medio de la celebración del Día del Niño, regresa a Cali 'Ciudadela de la Alegría'
Tomado de: Alcaldía de Cali

De acuerdo con la Alcaldía de Cali, este es un lugar de recreación para la familia y estará disponible de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

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El próximo domingo 28 de abril de 2024, la Secretaría del Deporte y la Recreación de Cali harán la apertura de un nuevo espacio llamado ‘Ciudadela de la Alegría’, el cual regresa a la Unidad Deportiva, Jaime Aparicio.

De acuerdo con la Alcaldía de la ciudad de Cali, este es un lugar de recreación para la familia y estará disponible de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

“El juego se convierte en una herramienta de mediación que permite la activación de valores, competencias y habilidades, promoviendo la construcción de tejido social en el Distrito Especial de Santiago de Cali”.

Asegura la Alcaldía.

Además de ello, señalan que con la ‘Ciudadela de la Alegría’ se garantiza el cumplimiento del derecho fundamental a la recreación en los niños y niñas, en diferentes espacios gratuitos.

“Son más de 15.000 metros cuadrados de entorno seguro, superando todo tipo de vulneraciones y exposiciones de riesgo y violencia”.

Mencionan.

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Zonas de experiencia

Cabe señalar, que en este espacio habrá zonas de experiencia para la primera infancia como Gateadores Felices, Ludoteca Itinerante, Baby Gym, Ludomóvil, juegos a gran escala, Mundo de Habilidades, Juega y Gana, deportes de combate y urbanos, también un circuito de carreras.

Según la Alcaldía, la zona artística presentará la hora del divertijuego, piensa, piensa y acertarás; así como habilidades y destrezas, lectura en voz alta, creadores mágicos, pinta y baila y un picnic literario.

Por su parte, los niños que se inscribieron recibirán un kit y encontrarán un show de bienvenida, estación y túnel de la alegría, baking interactivo, foto del recuerdo familiar y noti-juego.

En este sentido, para que los niños de hasta 13 años de edad reciban el kit, los padres tendrán que inscribirse en el enlace que fue publicado el pasado jueves 25 y el cual estará habilitado hasta este viernes 26 de abril; a través de las redes sociales de la Secretaría del Deporte y Recreación.

Datos para tener en cuenta

  • Los cupos son limitados.
  • Los niños deben estar acompañados de un adulto responsable.
  • Un adulto puede inscribir dos niños.
  • El ingreso es gratuito y la inscripción es para que los niños reciban el kit.
  • Un total de 350 miembros del personal logístico de la Secretaría del Deporte y la Recreación, estarán prestos a atender a un estimado de 10.000 asistentes en cada jornada dominical.

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