En las últimas horas, la Secretaría de Movilidad Distrital presenta el ABC de esta medida, para que caleños y caleñas logren comprender, de forma fácil y ágil, los detalles más importantes y el paso a paso que les evite futuras sanciones.
El decreto de excepción de la medida de pico y placa en Cali está vigente y quienes no cumplan con esto tendrán una sanción de $460.000.
"Recordamos que algunos de los exonerados del pico y placa en Cali son vehículos de caravana presidencial; vehículos de gobernaciones y alcaldías; vehículos que son conducidos por personas con alguna discapacidad; y vehículos que pertenecen a algún medio de comunicación, entre otros. Lo más importante es que deben cumplir con toda la documentación que se requiere”, detalló el secretario William Vallejo.
Asimismo, el funcionario invita a respetar la medida en los horarios establecidos, de lunes a viernes, de 6:00 a 10:00 a.m. y de 4:00 a 8:00 p.m.
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Vea el ABC del decreto de excepción de pico y placa en Cali
Estos son los cuatro puntos claves que debes saber para la medida que actualmente rige en la ciudad:
¿Qué documentación necesito presentar para obtener esta acreditación?
Los vehículos particulares deben enviar una solicitud escrita por el peticionario y/o beneficiario dirigida a la Secretaría de Movilidad, con los siguientes documentos que deben estar al día:
- Actos administrativos proferidos por los organismos involucrados.
- Copia del documento de identidad del beneficiario y/o solicitante.
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
- Revisión técnico-mecánica del vehículo.
- Estar a paz y salvo con el pago del impuesto vehicular de la última vigencia.
¿Dónde debo presentar la solicitud?
La solicitud debe ir dirigida a la Secretaría de Movilidad y radicarse en la `ventanilla única´de la Oficina de Atención al Ciudadano, ubicada en el sótano 1 del Edificio Alcaldía (CAM) o por la página web de la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali (www.cali.gov.co).
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¿Quiénes están exentos de la medida de pico y placa en Cali?
Los vehículos exentos son de las gobernaciones, Secretaría de Infraestructura, fuerza pública y las alcaldías. Así como los vehículos de gestión y riesgo de desastres como Bomberos y Defensa Civil. También, están exentos los vehículos destinados al mantenimiento de servicios públicos.
Del mismo modo, están exentos los vehículos que transporten personas con discapacidad, así como los medios de comunicación. Al mismo tiempo, no está incluida la caravana presidencial y del Gobierno Nacional; ni vehículos operativos de la Secretaría de Movilidad.
Por otro lado, otros vehículos exentos son los del Centro de Diagnóstico Automotor del Valle - CDAV; Comisarías móviles de Familia; y Servicios Especiales de la Policía Nacional (DIPRO) o la Unidad Nacional de Protección (UNP).
¿Cuál es la sanción por no portar los documentos que verifiquen que el vehículo está exento de pico y placa?
La sanción es de $460.000 y el vehículo podrá ser inmovilizado.
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