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¿Cómo puede denunciar un caso de maltrato animal en Cali? Estos son los canales de atención

¿Cómo puede denunciar un caso de maltrato animal en Cali? Estos son los canales de atención

La Alcaldía de Cali, a través de la Unidad Administrativa Especial de Protección Animal (Uaepa) y la Inspección de Policía Especializada en Protección Animal, recuerda a la ciudadanía los canales oficiales para reportar casos de maltrato animal en la ciudad.

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Las denuncias pueden ser enviadas mediante la línea de WhatsApp 318 275 01 01, o a través de los correos electrónicos bienestar.animal@cali.gov.co e inspeccion.uaepa@cali.gov.co. Una vez recibida la denuncia, esta es asignada al Grupo de Campo de la Uaepa, conformado por un veterinario y un auxiliar, quienes realizan la verificación del caso.

“Y luego de esa visita, se presenta un informe a la inspección de Policía y se determina el paso a seguir, conforme con las competencias del Artículo 223 del Código de Policía para los inspectores de Policía”

Explica Diego Bonilla Peña, inspector de la policía especializado en maltrato animal.

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Si tras la inspección se determina un caso grave, se procede a una aprehensión material preventiva, es decir, rescatar al animal y asegurar su bienestar, esto se realiza en coordinación con la Policía Ambiental, para asegurar el bienestar del animal y dar inicio al proceso sancionatorio, conforme a la Ley 84 de 1989. En casos menos evidentes, se activa un protocolo de seguimiento, con visitas periódicas y monitoreo continuo.

Bonilla Peña enfatizó la importancia de presentar denuncias completas, con descripción clara de los hechos, lugar, fecha y evidencias visuales que respalden el caso.

¿Qué se considera maltrato animal y cuáles son las sanciones?

Según la Ley 2455 de 2025, conocida como Ley Ángel, se considera delito cualquier acción que cause un menoscabo grave a la salud física o emocional del animal, y puede conllevar penas de prisión desde 48 meses, sin posibilidad de excarcelación en casos graves.

Asimismo, la Ley 84 de 1989 en su artículo 6 incluye acciones consideradas como maltrato, entre ellas:

Finalmente, la Ley 1774 de 2016 establece multas económicas que van desde 5 hasta 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La nueva legislación también permite el decomiso definitivo del animal, garantizando que no ocurra de nuevo.

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